En junio, los trabajadores del sector público y privado, jubilados
y pensionados recibirán la primera cuota del sueldo anual complementario (SAC),
más conocido como aguinaldo.
Sin embargo, en el caso de aprobarse el paquete fiscal enviado por el gobierno
al Congreso podría haber algunos cambios.
El SAC representa
el 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador dentro de
cada uno de los semestres y la fecha límite para que los empleadores lo abonen
es el 30 de junio, aunque algunos suelen pagarlo antes.
En el caso de las pequeñas empresas,
la Ley 24.467 de 1995 contempla que los convenios colectivos de trabajo pueden
disponer el fraccionamiento de los períodos de pago del SAC siempre que no
excedan de tres períodos en el año. Es decir, solamente las pequeñas empresas,
y siempre que así lo establezcan los convenios colectivos, pueden dividir el
aguinaldo en tres cuotas en lugar de dos.
¿Cuáles son los cambios que introduce el paquete fiscal en el aguinaldo
y el Impuesto a las Ganancias?
Ahora bien, el paquete fiscal incluye el restablecimiento del Impuesto
a las Ganancias y el piso a partir del cual se comenzaría a pagar el
tributo es de $2.081.258,67 para el mes de mayo y siguientes. El informe que
presentó la jefatura de Gabinete ante el Senado indica: “El Gobierno estima
recaudar 0,31% del Producto Bruto Interno (PBI) por este tributo (...)
Actualmente, tributan 195.729 contribuyentes y pasarían a tributar 1.150.000
contribuyentes”.
Entre otros cambios que implementa el proyecto, se eliminará la
exención del aguinaldo del Impuesto a Ganancias, aunque este tendrá una
deducción especial para que no quede sujeto al tributo.
“Se eliminan exenciones para el aguinaldo, para la diferencia del valor
de las horas extras y el de horas ordinarias por los servicios prestados en
días feriados, inhábiles y durante los fines de semana, para determinados
suplementos correspondientes al personal militar y para guardias obligatorias y
horas extras realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal
operativo de los sistemas de salud. Se eliminan deducciones por gastos de
movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas, por material didáctico que
se paga a docentes, entre otras”, precisó el tributarista Sebastián
Domínguez.
“También se elimina el tratamiento diferencial que dispone que a las
horas extras se les aplica la alícuota del impuesto a las ganancias que
corresponda antes de considerar las mismas como renta. Por otro lado, se deroga
el incremento del 22% de las deducciones personales para los empleados y
jubilados que residen en la zona patagónica”, agregó.
A su vez, se incorpora una nueva deducción equivalente a la doceava
parte de la sumatoria de las deducciones por ganancia no imponible, cargas de
familia y deducción especial para empleados en relación de dependencia y
jubilados.
¿El aguinaldo se verá afectado por el impuesto a las Ganancias si se
aprueba el paquete fiscal?
Esta deducción tendría como objetivo contemplar una deducción adicional
para el aguinaldo. “Más allá de la eliminación de la exención, lo que se hace
es incorporar para todo el mundo una doceava parte de las deducciones
personales. Entonces eso es un beneficio que antes no existía. De esta manera,
se elimina la exención del aguinaldo, pero se incorpora una deducción especial
de una doceava parte de las deducciones personales. En consecuencia, la
eliminación no tendría un efecto práctico, porque en definitiva se aplica esa
deducción para todos. Incluso es un beneficio para los que antes no tenían nada
del aguinaldo exento”, explicó Domínguez.
Cómo calcular el aguinaldo
Para saber cuál es el monto del aguinaldo proporcional se
debe calcular la mitad del mejor sueldo dentro del semestre, dividirlo por seis
y multiplicar el resultado por los meses trabajados.
Por ejemplo, un trabajador con un sueldo de $300.000 que trabajó 5
meses, debe realizar la siguiente operación:
$600.000 divido 2: $300.000
$300.000 dividido 12 = $25.000
$25.000 multiplicado por 5 = $125.000 (aguinaldo proporcional)
Este cálculo rige para cualquier período trabajado inferior a los seis
meses. Quien trabajó un mes solo, también tiene derecho a cobrar el
proporcional del medio aguinaldo.