El 26 de
octubre la población va a tener la posibilidad de votar en favor o en contra de
la reforma constitucional con relación a los fueros. Desde la Asociación de la
Magistratura han interpuesto una acción de inconstitucionalidad respecto al
texto final que se introduciría en la constitución de 1994.
Fundamentos de la inconstitucionalidad.
Carina
comenta que los fueros o ‘privilegios en la constitución’ (término del poder
ejecutivo), garantizan la independencia del Poder Judicial. “El Poder Ejecutivo
señala que se pretende ‘garantizar la igualdad de las personas ante la ley’,
pero en realidad son protecciones constitucionales que no están dirigidas a las
personas que ejercen el cargo de la judicatura, sino una protección de la
función que ejerce el juez, que está dirigida y destinada justamente a proteger
a la ciudadanía”.
“Cuando un
ciudadano lleva un caso a resolver, el juez no va a recibir presiones indebidas
por parte de los poderes políticos mediáticos o económicos”. Por ese motivo, la
asociación mediante una asamblea realizada en el mes de abril después de
conocer la sanción de la ley consideró que, era necesario conforme a los
objetivos de la propia asociación (que son en primer lugar la defensa de la
independencia judicial), presento una acción de inconstitucionalidad.
“Está en
trámite, pero está a las circunstancias de lo que se vote el 26 de octubre. El
resultado será determinante para saber cómo vamos a continuar con esta acción”.
“No toda la
población sabe que debe surgir un 50% de los votantes”.
Dentro de
ese porcentaje se contemplaría a los votantes positivos y negativos. “Vamos a
esperar que la población se pronuncie y en caso de que resulte afirmativa, la
asociación convocará una asamblea para que los asociados definan cómo continuar
con la acción judicial que está en trámite”.
¿Se trata de una invasión de poderes?
Le
consultamos a la Dra. Estefanía si esto se trata de una intromisión del poder
ejecutivo sobre los demás. “En realidad el ejecutivo impulsa una reforma
constitucional que es aprobada por la legislatura, nosotros cuestionamos en
este momento que no se haya dado un amplio debate a la ley que propone esta
eliminación”.
De cualquier
modo, la Doctora remarca que todas las decisiones que van en el sentido de
afectar la división de poderes y que provienen de un proyecto ejecutivo del
legislativo, constituyen alertas que, quienes trabajan en la justicia tiene que
tomar.
“No sabemos
exactamente cuál ha sido el sentido que tiene esta ley, ya que en la provincia
del Chubut no hubo nunca en la historia un magistrado que se amparar en los
fueros para no ser investigado por el sistema judicial”.
“De hecho hay condenas a magistrados que han
surgido sin la necesidad de que sean desaforados por su poder de justicia”.
“La
ciudadanía debe tener claro estos conceptos a la hora de votar, no es para nada
un beneficio o un privilegio de quien ejerce la magistratura. Por el contrario,
es un casco de protección para evitar que el juez nacional que interviene o un
fiscal, en una causa concreta, no sea apartado de la misma cuando se infiere
que sus decisiones van a ser en contra de la parte que pretende apartarlo”.