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Política: Las penas son de nosotros, las vaquitas son ajenas

30/09/2026 | 272 visitas
Imagen Noticia

Hay frases que sobreviven a su tiempo porque consiguen nombrar algo más profundo que una circunstancia. Una imagen que nació en el campo argentino hace más de ocho décadas, hoy admite otra lectura. La tierra, el litio, el cobre, los hidrocarburos, la energía, los puertos y hasta la infraestructura digital, podrían ser “arriadas” a territorios extranjeros.


Por Nancy Cardozo

No se trata de afirmar que todo sea lo mismo ni de construir una conspiración donde los documentos no la prueban. Se trata de observar una secuencia de decisiones que, leídas por separado, pueden parecer independientes y que, puestas unas junto a otras, abren una pregunta inevitable: ¿qué significa conservar la soberanía sobre los recursos cuando su extracción, financiamiento, transporte y destino comercial comienzan a integrarse en cadenas estratégicas definidas junto a una potencia extranjera?

El último capítulo de esa secuencia lo escribió la Corte Suprema. 

El 29 de septiembre, el máximo tribunal dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023, aquel que derogó la Ley 26.737 de Tierras Rurales. La Corte no se pronunció sobre la constitucionalidad de la derogación. Consideró que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata no tenía legitimación suficiente para impulsar aquella acción. El efecto concreto, sin embargo, fue que volvió a quedar operativo el artículo del DNU que eliminó el régimen de protección.

Y aquí importa recordar exactamente qué protegía aquella ley.

La Ley 26.737, sancionada en 2011, limitaba al 15% la titularidad extranjera de tierras rurales en todo el país y también dentro de provincias y municipios. Ninguna nacionalidad extranjera podía superar el 30% de ese cupo y un mismo titular extranjero tenía como máximo 1.000 hectáreas en la zona núcleo, o una superficie equivalente en otras regiones. También restringía la propiedad extranjera sobre inmuebles con grandes cuerpos de agua y en determinadas zonas de frontera.

Su artículo 11 iba incluso más lejos conceptualmente: establecía que, para los tratados bilaterales de inversión vigentes entonces, la adquisición de tierras rurales no debía considerarse una inversión porque la tierra era entendida como un recurso natural no renovable aportado por el país receptor.

La discusión, por lo tanto, nunca fue exclusivamente inmobiliaria.

Lo que no pudo avanzar en el Senado

Hay otro dato que vuelve especialmente significativa la decisión judicial.

Durante 2026, el Gobierno intentó modificar el régimen de tierras dentro del proyecto denominado Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada. La propuesta inicial eliminaba varias restricciones. Luego, durante la negociación parlamentaria, se planteó elevar del 15% al 25% el límite de propiedad extranjera a nivel provincial y suprimir restricciones como el tope de 1.000 hectáreas por titular.

El proyecto tampoco mantenía exactamente la protección territorial prevista originalmente sobre municipios, cursos de agua y determinadas zonas sensibles. Ante la falta de votos, el oficialismo retiró todo el capítulo referido a tierras el 5 de agosto.

Conviene detenerse ahí.

En agosto, el Congreso no reunió consenso para modificar el régimen.

En septiembre, una decisión judicial dejó sin efecto el fallo que impedía aplicar su derogación por DNU.

No es correcto afirmar que exista una relación causal entre ambos hechos. Son procedimientos institucionales diferentes. Tampoco la Corte resolvió sobre la constitucionalidad de fondo.

Sin embargo, el efecto político y económico merece ser observado: una regulación que limitaba la propiedad extranjera sobre tierras rurales dejó de operar en el mismo año en que la Argentina profundizó una batería de acuerdos estratégicos sobre minerales, inversiones, infraestructura y cadenas de suministro.

Los minerales críticos

El 4 de febrero de 2026 Argentina y Estados Unidos firmaron el Marco para Garantizar el Suministro en la Minería y el Procesamiento de Minerales Críticos.

No es una caracterización periodística. Ese es el nombre oficial que aparece en la Biblioteca Digital de Tratados de Cancillería, donde figura además como vigente desde el mismo día de su firma.

Según el comunicado oficial de Cancillería, busca desarrollar un suministro de minerales críticos “seguro, resiliente y competitivo”. Incluye financiamiento público y privado, simplificación de permisos, mapeo geológico, reciclaje y gestión de materiales críticos.

Argentina posee precisamente algunos de los recursos que concentran la atención internacional: cobre y litio, además de proyectos vinculados con tierras raras, níquel, grafito, tungsteno, manganeso y otros minerales considerados críticos. La propia Cancillería describe al país como un posible proveedor estratégico dentro de un mercado global tensionado por la transformación digital, la transición energética y la competencia geopolítica.

La palabra importante aquí quizá no sea “minerales”, sino “suministro”.

Porque quien piensa en suministro ya no mira exclusivamente el yacimiento. Mira toda la cadena.

Pax Silica: de la montaña al semiconductor

Esa dimensión aparece con mayor claridad en Pax Silica, esta  expresión latina ligada  a la  estabilidad y  el  consenso.

Argentina se incorporó en 2026 a esta arquitectura impulsada por Estados Unidos alrededor de cadenas seguras vinculadas con inteligencia artificial y semiconductores.

No hace falta interpretar demasiado. El propio canciller Pablo Quirno vinculó públicamente tres elementos: el acuerdo comercial con Estados Unidos, el acuerdo sobre minerales críticos y la incorporación argentina a Pax Silica. Según explicó, esas iniciativas conectan al país con los circuitos de la inteligencia artificial y de los semiconductores.

El mismo discurso ofrece quizá la mejor explicación del fenómeno: una economía cada vez más digital depende, paradójicamente, de cantidades crecientes de recursos físicos.

La nube necesita territorio.

La inteligencia artificial necesita centros de datos.

Los centros de datos necesitan energía.

Los semiconductores necesitan minerales.

Y los minerales están debajo de una tierra concreta.

La discusión tecnológica vuelve entonces al territorio.

El acuerdo comercial

Un día después del acuerdo sobre minerales críticos, el 5 de febrero, Argentina y Estados Unidos firmaron el Acuerdo sobre Comercio e Inversiones Recíprocos.

Cancillería informó que el instrumento incluye compromisos sobre inversiones, reducción de aranceles, acceso preferencial a mercados, comercio digital, propiedad intelectual y financiamiento estadounidense para sectores considerados críticos.

Hay aquí una precisión necesaria: aunque fue firmado, la propia Biblioteca Digital de Tratados de Cancillería lo registra actualmente como “no está en vigor”.

Esa diferencia jurídica no es menor. Firmar un acuerdo, tenerlo vigente y ejecutarlo plenamente son situaciones diferentes.

Lo importante para observar la arquitectura general es que el documento introduce otra pieza: no alcanza con tener minerales. También hacen falta reglas de comercio, inversiones, financiamiento y acceso a mercados. La llamada: trazabilidad.

Andes-Atlántico: el camino hacia los puertos

El 23 de septiembre apareció la pieza quizá más reveladora.

Argentina y Estados Unidos anunciaron el Corredor Andes-Atlántico.

El texto oficial dice que busca conectar sectores económicos argentinos con los principales puertos del Atlántico y los mercados occidentales. Prevé inversión pública y privada en transporte, energía e infraestructura digital. Menciona específicamente ferrocarriles, vías navegables, puertos, oleoductos, generación y transmisión eléctrica.

Y agrega algo todavía más directo: esas inversiones permitirán aumentar las exportaciones de minerales, petróleo y gas.

El documento conecta expresamente el Corredor con los acuerdos anteriores.

Para minería, establece que deberán identificarse oportunidades bajo el Acuerdo Marco de Minerales Críticos entre Argentina y Estados Unidos.

Para infraestructura digital, remite al Acuerdo de Comercio e Inversión Recíproca.

Y señala que Argentina continuará fortaleciendo el marco legal y la protección de las inversiones para atraer capital extranjero.

No hace falta unir puntos que los documentos mantienen separados.

Los propios documentos empiezan a unirlos.

Minerales.

Inversión.

Energía.

Infraestructura.

Ferrocarriles.

Puertos.

Tecnología.

Mercados.

La pregunta por la tierra

La tentación sería concluir que todo esto implica automáticamente una entrega del territorio nacional. Los documentos no permiten afirmarlo,  como se aclaró en  el  inicio  de la crónica.

Tampoco comprar una tierra equivale jurídicamente a comprar los minerales de su subsuelo. El régimen argentino distingue propiedad inmobiliaria, dominio originario provincial sobre recursos naturales y derechos de explotación.

Entonces la pregunta tiene que ser más compleja. Porque la soberanía no consiste únicamente en poder afirmar que algo “nos pertenece". También supone capacidad para decidir cómo se explota, quién lo financia, quién agrega valor, quién construye la infraestructura, hacia dónde se transporta y qué parte de la renta queda en el territorio donde el recurso fue extraído.

Ahí aparece nuevamente Yupanqui: “Las penas son de nosotros, las vaquitas son ajenas.” La frase no debería utilizarse como sentencia anticipada ya que puede funcionar mejor como interrogante.

Puesto que la Argentina parece estar ingresando en una etapa en la que sus ventajas comparativas vuelven a concentrarse en aquello que está debajo y encima de su territorio: tierra, agua, petróleo, gas, cobre, litio, energía y espacio para infraestructura.

Estados Unidos no oculta su interés y Argentina tampoco oculta su voluntad de convertirse en proveedor estratégico.

El propio Corredor Andes-Atlántico habla de fortalecer cadenas de suministro y de crear oportunidades para empresas estadounidenses en esos proyectos.

El debate pendiente es otro. ¿Argentina quiere limitarse a ocupar el lugar de proveedor confiable de materias primas y energía o pretende utilizar esta nueva demanda internacional para construir también tecnología, procesamiento, industria y conocimiento propios?

Siendo que no existe contradicción necesaria entre inversión extranjera y soberanía.

La contradicción aparece cuando un país posee recursos extraordinarios y termina participando sólo del primer eslabón de su valor. Quizás por eso aquella frase escrita para un arriero sigue incomodando ochenta años después.

Cambian las vaquitas.

La pregunta por quién se queda con ellas, debe seguir siendo de los argentinos. 


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