Por el homicidio de Maximiliano Cifuentes, acontecido el pasado 1 de enero de 2025 en el barrio Laprida, se llevó a cabo la mañana del presente lunes la audiencia preliminar del caso, que tiene como imputado a Roberto “Catu” Romero.
El fiscal Jefe Cristian Olazabal, acompañado por Florencia Do Carmo, procuradora de fiscalía, ratificó la acusación pública del caso, ofreció la prueba documental y testimonial; y solicitó se eleve la causa a juicio por jurados. Asimismo, requirió se mantenga la prisión preventiva que cumple el imputado Romero hasta la finalización del juicio, al igual que la querella representada por Eduardo Stepa.
Por su parte el defensor particular de Romero, Guillermo Iglesias, no se opuso a que el caso pase a juicio oral, ofreció su teoría del caso positiva como “homicidio en legítima defensa” o “con exceso en la legítima defensa”. Oponiéndose a la continuidad de la prisión preventiva de su asistido y promoviendo su arresto domiciliario.
El hecho incluido en la acusación acontece el pasado 1ro. de enero de 2025, cuando siendo aproximadamente las 05.39 hs., Maximiliano Cifuentes junto a un compañero se encontraban caminando en la intersección de las calles Ottawa y Tinogasta, del barrio Laprida de nuestra ciudad, ocasión en la que éste último se puso a orinar frente a la casa del imputado Romero, su pareja y grupo familiar. La pareja del imputado le reprocha su comportamiento. Así el imputado Roberto Romero le aplica una patada a Cifuentes logrando que caiga al suelo para luego enfrentarse con golpes de puño con la otra persona. Cifuentes intenta separarlos tomando a Romero por detrás con sus brazos, momento en el cual caen los tres al suelo, logrando finalmente separarlos. En ese instante Romero les dice: “ya van a ver pendejos de mierda” por lo que se dirigió el interior de su vehículo VW Gol, extrajo un cuchillo de doble filo y con claras intenciones de acabar con la vida de Cifuentes le asestó tres puñaladas, una de ellas le penetró la cavidad torácica y lesionó el corazón, provocándole un shock hemorrágico irreversible. Cesando su ataque porque su pareja le tomó de la mano, luego ambos se retiraron del lugar. Calificando jurídicamente el mismo como “homicidio simple” en calidad de “autor” para Romero; con una pretensión punitiva, en caso de recaer condena, de 20 años de prisión.
Finalmente, el juez penal Miguel Caviglia resolvió dictar un cuarto intermedio para resolver las cuestiones planteadas por las partes y mantener la prisión preventiva que cumple el imputado Romero, por 6 meses o hasta la finalización del debate, lo que ocurra primero como lo solicitara el fiscal y la querella.

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