La firma del convenio se frustró debido a que la prestataria no presentó la documentación obligatoria exigida en el pliego de bases y condiciones. Entre los faltantes clave, no se acreditó la titularidad ni los derechos de uso de los colectivos.
El Municipio de Comodoro Rivadavia informó oficialmente que no se concretará la firma del contrato para el servicio de transporte público de pasajeros. La decisión responde de manera directa a los "vicios formales insalvables" detectados en el proceso, luego de que la empresa adjudicataria incumpliera con la presentación de la documentación obligatoria exigida por el pliego licitatorio.
Según explicaron desde el Ejecutivo Municipal, el proceso avanzó bajo un estricto cumplimiento de las condiciones previstas. Sin embargo, al momento del acto administrativo, la firma ganadora de la licitación no logró acreditar los requisitos esenciales y excluyentes detallados en el artículo 43° del pliego.
El principal freno a la firma del contrato fue la falta de acreditación de la titularidad o los derechos de uso sobre los bienes muebles afectados al servicio, la empresa no pudo demostrar legalmente la propiedad o el derecho de uso de las unidades de transporte (colectivos) que debían comenzar a circular.
Al tratarse de exigencias esenciales para garantizar la legalidad del acto, desde el Ejecutivo lamentaron la situación pero aclararon que estas condiciones no son optativas ni subsanables, lo que imposibilitó continuar con el proceso administrativo.
El pliego de bases y condiciones fija expresamente una serie de documentos obligatorios que el adjudicatario debe presentar de forma previa a la firma. En este caso, la empresa falló en acreditar puntos clave de la siguiente lista:
Acreditación de flota: Títulos de propiedad o derechos de uso de los bienes muebles registrables afectados al servicio y sus respectivas habilitaciones.
Garantías: Constitución de la garantía de concesión.
Seguros y ART: Presentación de pólizas de seguro según los alcances previstos y el contrato de afiliación a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
Compromiso laboral: Declaración jurada comprometiéndose a absorber al personal de conducción incorporado por la concesionaria anterior, bajo la legislación laboral vigente.
Infraestructura: En caso de infraestructura proyectada, la presentación del lay-out y el cronograma de obras.
Ante este panorama, el Municipio ratificó que la normativa vigente no permite flexibilizar estos requisitos, ya que son los encargados de blindar jurídicamente el servicio. En las próximas horas se espera que las autoridades locales brinden precisiones sobre cómo continuará la prestación del servicio de transporte en la ciudad y cuáles serán los pasos legales a seguir tras este freno administrativo.




